Violencia intrafamiliar en Colombia: cómo pedir una medida de protección (2026)
Nadie tiene por qué soportar violencia en su propia casa. La ley colombiana permite pedir una MEDIDA DE PROTECCIÓN que se dicta rápido y puede ordenar al agresor salir de la vivienda y no acercarse. Aquí está cómo pedirla, qué protege y por qué la violencia intrafamiliar también es un delito. Si estás en peligro inmediato, llama a la línea 155 o a la Policía (123).
Qué es violencia intrafamiliar (no solo golpes)
La Ley 1257 de 2008 protege a las mujeres y al núcleo familiar frente a la violencia, que NO es solo física: incluye la violencia psicológica (humillaciones, amenazas, control), la sexual, la económica (privar de recursos, controlar el dinero) y la patrimonial. Todas dan derecho a protección.
Dónde y cómo pedir la medida de protección
La ruta es ágil y gratuita:
- Ante la COMISARÍA DE FAMILIA del lugar donde vives (o Juez de Control de Garantías / de Familia según el caso). No necesitas abogado para pedirla.
- Presentas la solicitud contando los hechos. La autoridad puede dictar una medida de protección PROVISIONAL de inmediato si hay riesgo.
- Si es urgente y fuera de horario, la Policía (línea 123) y la línea 155 (orientación a mujeres víctimas) activan la ruta.
Qué puede ordenar la medida de protección
La autoridad puede, entre otras medidas:
- Ordenar al agresor DESALOJAR la vivienda que comparte con la víctima.
- Prohibirle acercarse a la víctima, a su trabajo o al colegio de los hijos.
- Prohibir esconder o trasladar a los hijos.
- Fijar una cuota provisional de alimentos y decidir el uso de la vivienda.
- Ordenar tratamiento o acompañamiento, y protección policial cuando se requiera.
La violencia intrafamiliar también es un delito
Más allá de la medida de protección (que es rápida y busca frenar el riesgo), la violencia intrafamiliar es un DELITO (art. 229 del Código Penal), que se denuncia ante la Fiscalía. Son dos vías que pueden ir en paralelo: la medida de protección para tu seguridad inmediata, y la denuncia penal para que el agresor responda.
Qué dice la ley (las fuentes)
Ley 1257 de 2008
Normas de sensibilización, prevención y sanción de la violencia contra las mujeres; define tipos de violencia y medidas de protección.
Ley 294 de 1996 (y modificaciones)
Regula las medidas de protección ante la violencia intrafamiliar dictadas por las comisarías de familia.
Código Penal, art. 229
La violencia intrafamiliar es un delito con pena de prisión, denunciable ante la Fiscalía.
Actúa hoy — gratis
Si vives violencia o necesitas orientación para pedir tu medida de protección o denunciar, publica tu caso gratis y un abogado verificado puede acompañarte. Si hay peligro inmediato, llama al 123 o a la línea 155.
Publicar mi caso gratisPreguntas frecuentes
¿Necesito abogado para pedir la medida de protección?
No. La solicitud ante la Comisaría de Familia es gratuita y puedes presentarla tú misma. Un abogado ayuda si el caso escala a proceso penal o hay disputa por hijos y bienes.
¿Qué hago si estoy en peligro ahora mismo?
Llama a la Policía (123) o a la línea 155 de orientación a mujeres víctimas. La medida de protección se puede activar de urgencia; tu seguridad inmediata es lo primero.
¿La medida de protección y la denuncia penal son lo mismo?
No. La medida de protección (comisaría) busca frenar el riesgo rápido; la denuncia penal (Fiscalía) busca que el agresor responda por el delito. Pueden tramitarse al mismo tiempo.
Este artículo es información general basada en la normativa citada — no asesoría legal para tu caso concreto. Verifica siempre la vigencia de las normas. Si tu situación es compleja, un abogado verificado de KippiLex puede revisarla.