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Salud24 de julio de 2026 6 min

La EPS no me entrega los medicamentos: qué hacer y el plazo de 48 horas en 2026

Desde 2026 la EPS debe entregarte los medicamentos pendientes en máximo 48 horas (Circular Externa 017 del Ministerio de Salud). Si no cumple, la salud es un derecho fundamental y tienes cómo obligarla. Esto es qué hacer, paso a paso.

Resumen: tus tiempos y tus herramientas

La no entrega de medicamentos es la queja número uno del sistema de salud: concentra el 43% de las reclamaciones ante la Supersalud. Estos son tus derechos y plazos.

SituaciónPlazo / herramienta
Entrega incompleta o medicamento marcado 'pendiente'Máximo 48 horas (Circular 017 de 2026)
La EPS ignora tu solicitud escritaDerecho de petición: 15 días hábiles para responder
Está en riesgo tu salud o tu vidaTutela: el juez falla en máximo 10 días hábiles

El plazo de 48 horas que ahora te ampara

La Circular Externa 017 de 2026 del Ministerio de Salud obligó a las EPS y a sus gestores farmacéuticos a garantizar la entrega completa y oportuna. Cuando una farmacia no puede entregarte toda la fórmula y marca uno o más medicamentos como 'pendientes', debe hacértelos llegar —incluso a domicilio— en un plazo máximo de 48 horas contadas desde que los reclamaste.

Las EPS deben tener redes de respaldo y mecanismos alternos de entrega para responder ante el desabastecimiento. La falta de disponibilidad en un punto no las exime: te lo deben entregar en otro punto autorizado o en tu casa dentro de ese plazo.

Paso 1: deja constancia por escrito (derecho de petición)

Antes de la tutela, exige por escrito. El derecho de petición obliga a la EPS a responder en 15 días hábiles y —más importante— deja la prueba de que reclamaste y no te entregaron. Esa constancia es la columna vertebral de una eventual tutela.

En el escrito incluye tu identificación, la fórmula médica, la fecha en que la radicaste, qué medicamentos siguen pendientes y desde cuándo. Pide entrega inmediata y respuesta formal.

Paso 2: si hay riesgo para tu salud, la tutela

La salud es un derecho fundamental autónomo (Ley 1751 de 2015, Ley Estatutaria de Salud). Cuando la falta del medicamento pone en riesgo tu vida, tu integridad o tu tratamiento, procede la tutela: el juez debe fallar en máximo 10 días hábiles y puede ordenar la entrega inmediata, el tratamiento integral y hasta el transporte.

No necesitas abogado. Con la fórmula médica, la constancia de que no te entregaron y una descripción clara de tu situación, puedes radicarla tú mismo, en línea, 24/7.

También puedes quejarte ante la Supersalud

En paralelo, puedes poner la queja ante la Superintendencia Nacional de Salud y ante la secretaría de salud de tu ciudad. Es una vía de presión útil, aunque para destrabar un caso urgente la tutela sigue siendo el camino más rápido y con orden judicial obligatoria.

Qué dice la ley (las fuentes)

Circular Externa 017 de 2026 (Minsalud)

Las EPS deben entregar los medicamentos pendientes en máximo 48 horas, incluso a domicilio, con redes de respaldo obligatorias.

Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud)

La salud es un derecho fundamental autónomo; su prestación no puede negarse ni dilatarse por trámites administrativos.

Constitución Política, art. 86

La tutela protege el derecho a la salud y se resuelve en máximo 10 días hábiles.

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Si la EPS no te entrega los medicamentos, genera gratis tu tutela con la estructura que los jueces esperan y radícala en línea hoy mismo.

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Preguntas frecuentes

¿En cuánto tiempo debe entregarme la EPS los medicamentos?

Los medicamentos marcados como pendientes deben entregarse en máximo 48 horas desde que los reclamas, según la Circular Externa 017 de 2026 del Ministerio de Salud, incluso mediante entrega a domicilio.

¿Necesito abogado para poner la tutela por medicamentos?

No. Cualquier persona puede radicar la tutela por sí misma, sin abogado y sin costo. Basta la fórmula médica y la constancia de que la EPS no entregó.

La EPS dice que el medicamento no está en el plan, ¿qué hago?

La Ley 1751 de 2015 prohíbe negar servicios necesarios por trámites o por listas: si el médico tratante lo ordenó y es necesario para tu salud, la tutela suele ordenar su entrega, esté o no en el listado.

¿Qué pasa si la EPS incumple la orden de la tutela?

Puedes pedir un incidente de desacato ante el mismo juez: puede sancionar al responsable con arresto y multa, lo que en la práctica destraba la entrega en días.

Guía paso a paso

Mi EPS no me entrega los medicamentos: qué hacer

Este artículo es información general basada en la normativa citada — no asesoría legal para tu caso concreto. Verifica siempre la vigencia de las normas. Si tu situación es compleja, un abogado verificado de KippiLex puede revisarla.

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