Acción de tutela · Constitucional
Modelo de acción de tutela contra el colegio o la universidad que niega el cupo, cancela la matrícula o retiene el diploma por una deuda. Se apoya en el artículo 67 de la Constitución y en la línea de la Corte que prohíbe retener documentos académicos como medio de presión.
Cuando una institución educativa pública o privada niega el cupo o la renovación de la matrícula, la cancela, excluye al estudiante de las actividades académicas o retiene sus certificados de notas, su diploma o su acta de grado. También cuando expide certificados con anotaciones marginales sobre deudas pendientes, práctica que la Corte Constitucional ha censurado porque la mención de la deuda es ajena al registro escolar de calificaciones.
Sí. El artículo 42, numeral 1, del Decreto 2591 de 1991 la autoriza contra quien esté encargado de la prestación del servicio público de educación. La sentencia C-134 de 1994 declaró inexequible la lista de derechos que ese numeral traía y precisó que la tutela procede siempre contra el particular que esté prestando cualquier servicio público, y por la violación de cualquier derecho constitucional fundamental.
La Corte Constitucional lo ha rechazado de forma reiterada. En la SU-624 de 1999 la Sala Plena sostuvo que las instituciones tienen a su disposición mecanismos judiciales ordinarios, ejecutivos y sumarios para cobrar las pensiones adeudadas, de modo que retener diplomas o certificados es una medida de presión inconstitucional. La T-944 de 2010 y la T-659 de 2012 reiteran esa regla y aclaran que entregar los certificados no condona la deuda: el cobro sigue siendo exigible por la vía judicial.
Que existe la deuda pero que no ha podido pagarla, que esa imposibilidad obedece a una causa justa y que hizo esfuerzos por acordar un plan de pago o por cumplir dentro de sus posibilidades. La jurisprudencia protege al estudiante frente a la medida de presión, no ampara la cultura del no pago: conviene aportar los soportes de la situación económica y de las gestiones realizadas ante la institución.
Ante cualquier juez con jurisdicción en el lugar donde ocurre la vulneración, por reparto, según el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991. El juez debe dictar fallo dentro de los diez días siguientes a la presentación y fijar un plazo perentorio de cumplimiento que no puede exceder de cuarenta y ocho horas, conforme al artículo 29 del mismo decreto.
El padre, la madre o el representante legal puede presentarla en su nombre, conforme al artículo 10 del Decreto 2591 de 1991, que permite actuar por sí mismo o a través de representante. Juegan a favor el artículo 44 de la Constitución, que hace prevalecer los derechos de los niños sobre los de los demás, y los artículos 28 y 42 de la Ley 1098 de 2006, que obligan a las instituciones a facilitar el acceso al sistema educativo y a garantizar la permanencia.
No. El artículo 28 de la Ley 30 de 1992 reconoce a las universidades el derecho a darse sus estatutos, admitir a sus alumnos y otorgar títulos, pero esa autonomía se ejerce dentro de la Constitución y no habilita medidas de presión económica que sacrifiquen el derecho fundamental a la educación. El argumento de la tutela debe centrarse en el medio empleado, no en discutir la existencia de la obligación.
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Contar mi caso gratisModelo de acción de tutela contra la EPS que niega o demora un servicio, medicamento, procedimiento o cita que ordenó el médico tratante. Se presenta ante cualquier juez, se resuelve en diez días e incluye medida provisional opcional y solicitud de tratamiento integral.
Modelo de acción de tutela por violación del debido proceso en una actuación administrativa o judicial, para presentar ante cualquier juez. Desarrolla la subsidiariedad y la inmediatez y, cuando se ataca una providencia judicial, los requisitos de la sentencia C-590 de 2005.
Modelo de acción de tutela por mínimo vital cuando el empleador, el fondo de pensiones o la EPS deja de pagar el ingreso del que vive la familia. Cubre salarios, mesadas, incapacidades y licencias adeudadas, con los requisitos de procedencia y la medida provisional que puede pedirse al juez.
Modelo de solicitud de incidente de desacato cuando la entidad accionada incumple el fallo de tutela que la obligaba. Se presenta ante el juez de primera instancia, que conserva la competencia hasta restablecer el derecho y puede sancionar con arresto y multa.
Modelo de escrito para impugnar el fallo de tutela de primera instancia y lograr que el superior lo revoque o lo modifique. Se radica ante el mismo juez que lo dictó dentro de los tres días siguientes a la notificación, conforme al Decreto 2591 de 1991.
Modelo de acción de tutela por la pensión de sobrevivientes que Colpensiones o el fondo privado negó o dejó sin resolver. Desarrolla el test de procedencia excepcional en materia pensional, con mínimo vital, dependencia económica y medida provisional opcional.
Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.