Recurso · Administrativo
Modelo de solicitud de revocatoria directa para pedirle a la propia administración que deje sin efectos un acto administrativo. Recoge las causales, la improcedencia y la oportunidad del CPACA, con la advertencia de que la solicitud no revive los términos para demandar.
Cuando un acto administrativo debe dejarse sin efectos por alguna de las tres causales del artículo 93 del CPACA: que sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley, que no esté conforme con el interés público o social o atente contra él, o que con él se cause un agravio injustificado a una persona. Es la vía típica cuando ya vencieron los recursos y el acto tiene un vicio evidente, o cuando el interesado ni siquiera fue notificado en debida forma.
Ante la misma autoridad que expidió el acto o ante su inmediato superior jerárquico o funcional. El artículo 93 faculta a ambas y les impone el deber de revocar, de oficio o a solicitud de parte, cuando se configure una causal. No se presenta ante un juez: es una petición dentro de la propia administración.
La copia del acto que se pide revocar, la constancia de su notificación o publicación cuando se tenga, los documentos que demuestren el vicio invocado, y el poder cuando actúa un abogado. Si el acto reconoció un derecho a otra persona, hay que aportar el consentimiento previo, expreso y escrito de esa persona, porque lo exige el artículo 97.
El inciso segundo del artículo 95 obliga a la autoridad competente a resolver la solicitud dentro de los dos (2) meses siguientes a su presentación. El trámite no tiene costo. Contra la decisión que resuelve la solicitud de revocatoria directa no procede recurso alguno, según el inciso tercero del mismo artículo, y el parágrafo del artículo 97 exige que en el trámite se garanticen los derechos de audiencia y defensa.
El artículo 94 dispone que la revocación directa a solicitud de parte no procede por la causal del numeral 1 del artículo 93 —manifiesta oposición a la Constitución o a la ley— cuando el peticionario ya interpuso los recursos de que el acto era susceptible, ni respecto de actos en relación con los cuales ya operó la caducidad para su control judicial. El artículo 95 agrega que puede pedirse aun habiendo acudido a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, siempre que no se haya notificado el auto admisorio de la demanda.
Este es el error más costoso. El artículo 96 dispone que ni la petición de revocación ni la decisión que sobre ella recaiga revivirán los términos legales para demandar el acto ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, ni darán lugar a la aplicación del silencio administrativo. La caducidad de cuatro meses del literal d) del numeral 2 del artículo 164 sigue corriendo: presentar la revocatoria no la suspende ni la interrumpe.
Sólo con su consentimiento. El artículo 97 dispone que cuando un acto administrativo, expreso o ficto, haya creado o modificado una situación jurídica de carácter particular y concreto o reconocido un derecho de igual categoría, no podrá revocarse sin el consentimiento previo, expreso y escrito del respectivo titular. Si el titular niega su consentimiento y la autoridad considera que el acto es contrario a la Constitución o a la ley, deberá demandarlo ante la jurisdicción; y si estima que el acto se obtuvo por medios ilegales o fraudulentos, lo demandará sin conciliación previa y pedirá su suspensión provisional.
Publica tu caso gratis y recibe propuestas de abogados verificados. Tú eliges con quién trabajar, sin comisiones ocultas.
Contar mi caso gratisModelo de recurso de apelación contra un acto administrativo, dirigido al superior jerárquico de quien lo expidió. Se interpone dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación y, cuando procede, hay que agotarlo para poder demandar ante lo contencioso administrativo.
Modelo de recurso de reposición, con apelación en subsidio opcional, contra un acto administrativo que afecta a una persona. Se interpone ante el mismo funcionario que lo expidió, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación, con los requisitos del CPACA.
Modelo de solicitud de conciliación extrajudicial ante la Procuraduría, requisito previo para demandar al Estado en lo contencioso. Cumple los dieciséis requisitos que exige la Ley 2220 de 2022 y suspende el término de caducidad mientras se surte el trámite.
Modelo de demanda de reparación directa contra el Estado por el daño causado por un hecho, una omisión o una operación administrativa. Se funda en el artículo 90 de la Constitución, caduca a los dos años y exige conciliación extrajudicial previa ante la Procuraduría.
Modelo de demanda de nulidad y restablecimiento del derecho para anular ante el juez administrativo un acto que afecta a una persona. Sigue los requisitos del CPACA con la reforma de la Ley 2080 de 2021, caduca en cuatro meses y exige agotar los recursos obligatorios.
Modelo de recurso para impugnar una fotomulta, con reposición y en subsidio apelación ante el organismo de tránsito. Alega la notificación tardía o indebida, la falta de identificación del conductor, los defectos de señalización y la caducidad de la Ley 769 de 2002.
Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.