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Me llaman de cobranzas a toda hora: qué dice la Ley 2300

Respuesta rápida

La Ley 2300 de 2023 fijó horarios y frecuencia para las gestiones de cobranza: de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., nunca domingos ni festivos. Tampoco pueden contactar a tus referencias personales ni preguntarte por qué no has pagado.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 31 de agosto de 2026

Lo que pueden y no pueden hacerRegla
Horario entre semanaLunes a viernes, 7:00 a. m. a 7:00 p. m.
Sábados8:00 a. m. a 3:00 p. m.
Domingos y festivosProhibido cualquier contacto
FrecuenciaNo por varios canales en la misma semana ni más de una vez el mismo día
Tus referencias personalesNo pueden ser contactadas en ningún caso
Preguntarte por qué no pagasProhibido; sí pueden proponerte alternativas de pago
Visitas a tu casa o trabajoProhibidas, con excepciones para microcrédito y crédito agropecuario

¿Qué dice la ley?

Ley 2300 de 2023, art. 3

Establecido un contacto directo, el consumidor no podrá ser contactado por varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día. El horario es de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., excluyendo domingos y festivos.

Ley 2300 de 2023, art. 2

Solo pueden contactarte por los canales que tú hayas autorizado, que deben serte informados previamente para que elijas.

Ley 2300 de 2023, art. 4

En ningún caso podrán contactar a las referencias personales o de otra índole.

Ley 2300 de 2023, art. 7

Deben abstenerse de consultarte el motivo del incumplimiento de la obligación.

Ley 2300 de 2023, art. 9

El incumplimiento lo sanciona la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Industria y Comercio, según su competencia, conforme a la Ley 1266 de 2008.

¿Desde cuándo rige la Ley 2300 y a quién aplica?

La Ley 2300 de 2023 se promulgó el 10 de julio de ese año y entró a regir tres meses después, el 10 de octubre de 2023. La Corte Constitucional la declaró exequible por el cargo analizado en 2024, así que está plenamente vigente.

Su lógica es sencilla: no prohíbe cobrar, prohíbe hostigar. Regula por dónde, cuándo, con qué frecuencia y a quién puede contactar quien te cobra.

Aplica a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y a todas las personas naturales y jurídicas que ejerzan actividades de cobranza. Es decir, también a las casas de cobranza tercerizadas, que son las que suelen generar el problema.

¿Cuántas veces me pueden contactar de cobranzas?

Vale la pena leer el texto exacto porque suele parafrasearse mal. El artículo 3 dice que, una vez establecido un contacto directo contigo, no podrás ser contactado «mediante varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día».

No dice «una llamada por semana», que es como circula. Lo que prohíbe es la combinación de canales en la misma semana —llamada, más WhatsApp, más correo, más SMS— y más de un contacto en el mismo día.

Y hay una condición previa que se pasa por alto: solo pueden buscarte por los canales que tú autorizaste, y esas opciones deben habértelas informado antes para que elijas.

¿Qué tienen prohibido hacer los cobradores además del horario?

La primera es la del artículo 4: en ningún caso pueden contactar a tus referencias personales. Llamar a tu mamá, a tu jefe o al vecino que pusiste como referencia está prohibido, sin matices. Al codeudor o avalista sí pueden contactarlo, pero en las mismas condiciones que a ti.

La segunda es la del artículo 7, y es más sutil: deben abstenerse de consultarte el motivo del incumplimiento. Preguntarte por qué no has pagado no es gestión de cobro, es intromisión. Sí pueden, en cambio, proponerte alternativas de pago acordes con tu situación.

También están prohibidas las visitas a tu domicilio o lugar de trabajo, con excepciones acotadas para microcrédito y crédito de fomento agropecuario cuando exista autorización expresa.

¿Dónde denuncio el acoso de una casa de cobranza?

Antes de nada, documenta: registro de llamadas con fecha y hora, capturas de los mensajes, el número desde el que llaman y el nombre de la entidad o casa de cobranza. Sin ese registro la denuncia queda en tu palabra contra la suya.

La denuncia va ante la Superintendencia Financiera si quien cobra es una entidad vigilada por ella, o ante la Superintendencia de Industria y Comercio en los demás casos. El artículo 9 reparte la competencia entre ambas.

Las multas remiten al régimen de la Ley 1266 de 2008, que prevé sanciones de hasta dos mil salarios mínimos mensuales, y pueden ser sucesivas mientras el incumplimiento persista.

¿Lo puedes hacer solo o necesitas abogado?

Solo. Este es de los trámites más accesibles que existen: la denuncia ante cualquiera de las dos superintendencias es gratuita, se presenta en línea y no requiere abogado.

Lo que decide el resultado no es cómo esté redactada la denuncia sino la calidad del registro. Empieza a documentar hoy, aunque todavía no hayas decidido denunciar.

Ten presente una cosa: esta ley regula la forma del cobro, no la existencia de la deuda. Denunciar el hostigamiento no extingue lo que debes, y conviene tratar los dos asuntos por separado.

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Preguntas frecuentes

¿En qué horario pueden llamarme de cobranzas?

De lunes a viernes entre 7:00 a. m. y 7:00 p. m., y sábados entre 8:00 a. m. y 3:00 p. m. Los domingos y festivos está excluido cualquier tipo de contacto, según el artículo 3 de la Ley 2300 de 2023.

¿Pueden llamar a mis referencias?

No. El artículo 4 de la Ley 2300 prohíbe en todos los casos contactar a las referencias personales o de otra índole. Al codeudor o avalista sí pueden contactarlo, pero con las mismas reglas que se te aplican a ti.

¿Pueden preguntarme por qué no he pagado?

No. El artículo 7 les ordena abstenerse de consultar el motivo del incumplimiento. Sí pueden proponerte alternativas de pago acordes con tu situación financiera.

¿Denunciar me quita la deuda?

No. La ley regula la forma del cobro, no la existencia de la obligación. La denuncia puede sancionar al cobrador, pero la deuda sigue y conviene tratarla por separado.

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Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: consulta a un abogado. KippiLex no es una firma de abogados.