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Definición · Procesal

Días hábiles

Días en que trabajan los despachos judiciales y las entidades públicas: de lunes a viernes, excluidos festivos y vacancia judicial. Salvo que la norma diga «días calendario» o «corrientes», los plazos de días que fija la ley se cuentan en días hábiles y empiezan a correr el día siguiente a la notificación. Quince días hábiles son tres semanas.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026

¿Cómo se ve en un caso real?

A Luisa la notificaron un viernes de una resolución con diez días para recurrir. El plazo empezó el lunes y, con un festivo de por medio, venció el martes de la tercera semana.

¿Dónde está en la ley?

Ley 4 de 1913, art. 62; Código General del Proceso, arts. 117 y 118; Ley 1437 de 2011 (CPACA), art. 76

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