Definición · Constitucional
Derecho de petición
Derecho fundamental a presentar solicitudes respetuosas ante autoridades y ciertas entidades privadas, como EPS o bancos, y a obtener respuesta de fondo. El plazo general es de quince días hábiles; diez para copias o información de documentos y treinta para consultas. No responder es falta disciplinaria para el funcionario y abre la puerta a la tutela.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026
¿Cómo se ve en un caso real?
Andrés le pidió por escrito a su EPS la historia clínica completa. Pasados diez días hábiles sin respuesta, presentó una tutela por violación del derecho de petición.
¿Dónde está en la ley?
Constitución Política, art. 23; Ley 1755 de 2015, arts. 13, 14, 31, 32 y 33
Leer la norma en la fuente oficialGuías donde este término es clave
Términos relacionados
Acción de tutela · Silencio administrativo · Días hábiles · Acto administrativo · Incidente de desacato · Impugnación del fallo de tutela
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