Definición · Pensiones
Indemnización sustitutiva
Pago único que hace Colpensiones a quien cumple la edad de pensión pero no las semanas, y declara que no puede seguir cotizando: el salario base semanal promedio multiplicado por las semanas cotizadas y por el porcentaje de cotización. En los fondos privados el equivalente es la devolución de saldos. No prescribe; recibirla impide pensionarse después con esas semanas.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026
¿Cómo se ve en un caso real?
Con 62 años y 700 semanas, Rafael no alcanzará la pensión. Puede pedir la indemnización sustitutiva o seguir cotizando hasta completar las semanas.
¿Dónde está en la ley?
Ley 100 de 1993, arts. 37 y 66; Decreto 1730 de 2001 (compilado en el Decreto 1833 de 2016)
Leer la norma en la fuente oficialGuías donde este término es clave
Términos relacionados
Pensión de vejez · Semanas cotizadas · Régimen de ahorro individual (RAIS) · Régimen de prima media (RPM) · Mora patronal · Pérdida de capacidad laboral
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