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¿Qué enfermedades dan derecho a una pensión de invalidez, como diabetes, cáncer o depresión?

Respuesta rápida

Ninguna enfermedad da la pensión de invalidez por sí sola: no hay lista. Necesitas que el Manual Único te asigne una pérdida de capacidad laboral del 50% o más y haber cotizado 50 semanas en los tres años anteriores a la fecha de estructuración (Ley 100 de 1993, arts. 38 y 39).

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

Cómo trata el Manual Único algunas enfermedades frecuentes
EnfermedadCapítulo del Manual ÚnicoQué pesa en la calificación
CáncerCapítulo 1Deficiencia por el tumor y por las secuelas del tratamiento; se califica al llegar a la mejoría médica máxima
DiabetesCapítulo 8, sistema endocrinoMedicación y su vía, controles de sangre, dieta y hospitalizaciones
DepresiónCapítulo 13, trastornos mentalesTrastornos de humor, incluido el trastorno depresivo mayor, con diagnóstico de psiquiatra
Artritis, fibromialgiaSin capítulo con su nombreSe evalúa el sistema del cuerpo comprometido
Fuente: Decreto 1507 de 2014, Manual Único de Calificación, Título Primero

¿Por qué no hay una lista de enfermedades que den pensión?

El artículo 38 de la Ley 100 de 1993 considera inválida a la persona que perdió el 50% o más de su capacidad laboral. La causa debe ser de origen no profesional y no provocada intencionalmente. La ley mira cuánto perdiste, no cómo se llama tu diagnóstico.

El porcentaje sale del Manual Único de Calificación (Decreto 1507 de 2014). Una mitad corresponde a las deficiencias, o sea el daño en el cuerpo. La otra mitad valora el rol laboral, la autosuficiencia económica, la edad y otras áreas ocupacionales. Dos personas con la misma enfermedad pueden recibir porcentajes distintos.

¿Cómo se valoran la diabetes, el cáncer, la depresión, la artritis o la fibromialgia?

El Manual tiene un capítulo por sistema del cuerpo. El cáncer se valora en el capítulo 1 y la diabetes en el capítulo 8, del sistema endocrino. Los trastornos mentales, incluido el trastorno depresivo mayor, van en el capítulo 13.

En diabetes pesan la medicación y su vía de administración, los controles de sangre, la dieta y las hospitalizaciones. En cáncer se califica al alcanzar la mejoría médica máxima o terminar la rehabilitación, y en todo caso antes de 540 días desde el diagnóstico. Las secuelas de la quimioterapia o la cirugía se valoran aparte y se combinan. En trastornos mentales el Manual parte del diagnóstico de un psiquiatra y espera un año desde que inició el tratamiento.

El Manual no trae un capítulo con el nombre de la artritis ni de la fibromialgia. Sus efectos se evalúan según el sistema del cuerpo que quede comprometido, por ejemplo extremidades o columna.

¿Qué más necesitas, además del porcentaje?

Las 50 semanas se cuentan hacia atrás desde la fecha de estructuración: el día en que alcanzaste el 50% de pérdida. No es la fecha del dictamen ni la del diagnóstico, y puede ser anterior a ambas. El Manual dice que debe apoyarse en la historia clínica y no puede depender de que hayas seguido trabajando y cotizando. Revísala en tu dictamen, porque de ella depende si tus semanas alcanzan.

Los menores de 20 años sólo necesitan 26 semanas en el último año (Ley 860 de 2003, art. 1). Si la enfermedad es de origen laboral, no aplica esta ruta: la paga la ARL. La Ley 776 de 2002 reconoce la pensión a todo afiliado al que se le defina una invalidez.

¿Cómo se pide la calificación y qué pasa si no estoy de acuerdo?

En primera oportunidad califican Colpensiones, la AFP, la ARL, la aseguradora o la EPS. Si no estás de acuerdo, tienes diez días para decirlo. La entidad debe remitirte a la Junta Regional de Calificación de Invalidez dentro de los cinco días siguientes. La decisión se apela ante la Junta Nacional (Ley 100 de 1993, art. 41).

Si tu EPS emite concepto favorable de rehabilitación, el fondo de pensiones puede aplazar la calificación hasta 360 días calendario. Se suman a los primeros 180 de incapacidad temporal (mismo artículo).

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Con diabetes me dan la pensión de invalidez?

No por el diagnóstico. El Manual valora la medicación, los controles, la dieta y las hospitalizaciones, y eso se suma a los criterios de rol laboral y otras áreas. Necesitas llegar al 50% de pérdida y cumplir las semanas.

¿Puedo pedir la pensión de invalidez por depresión?

Sí, si la calificación llega al 50% y cumples las semanas. El capítulo 13 del Manual incluye el trastorno depresivo mayor y parte del diagnóstico de un psiquiatra.

¿Qué documentos llevo para la calificación?

Tu historia clínica completa, los exámenes clínicos y de ayuda diagnóstica, y tu reporte de semanas cotizadas. El Manual exige que la fecha de estructuración se apoye en la historia clínica, los exámenes y las ayudas diagnósticas.

¿Y si mi enfermedad es de origen laboral?

La paga la ARL con el artículo 10 de la Ley 776 de 2002. La calificación usa el mismo Manual Único vigente a la fecha de calificación (art. 9).

Para profundizar

Términos: Pensión de invalidez · Pérdida de capacidad laboral · Semanas cotizadas · Accidente de trabajo

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