Paz y salvo · Civil
Modelo de paz y salvo con el que el acreedor declara pagada una deuda y cierra la obligación frente al deudor. Devuelve el título valor, cancela las garantías y compromete al acreedor a actualizar el reporte en las centrales de información crediticia.
Es la constancia escrita de que una obligación se extinguió por pago. El artículo 1625 del Código Civil enumera el pago efectivo como el primer modo de extinción de las obligaciones y el artículo 1626 lo define como la prestación de lo que se debe. Firmado por el acreedor, el paz y salvo es la prueba con la que el deudor cierra el asunto y se defiende de un cobro posterior.
Lo firma el acreedor, o el representante legal de la empresa acreedora, y se entrega al deudor. No se presenta ante ninguna autoridad ni requiere escritura pública. Cuando el acreedor es una persona jurídica conviene que quien firme aparezca en el certificado de existencia y representación legal, y que se adjunte copia de ese certificado al documento.
La ley no lo exige. Se recomienda hacerlo cuando el paz y salvo va a servir para levantar una hipoteca o una prenda, para presentarlo dentro de un proceso judicial o cuando el monto es alto: la firma autenticada evita que después se discuta quién firmó. La autenticación es un trámite notarial de bajo costo que se hace el mismo día.
El artículo 624 del Código de Comercio ordena que el título valor pagado sea entregado a quien lo pague. Si el pago fue parcial, el título no se devuelve: el tenedor anota el abono en el propio título, extiende por separado el recibo correspondiente y el título conserva su eficacia por la parte no pagada. Recibir el original es tan importante como recibir el paz y salvo, porque el título en manos ajenas sigue prestando mérito ejecutivo.
Conviene decirlo expresamente. El artículo 1653 del Código Civil dispone que, si se deben capital e intereses, el pago se imputa primero a los intereses, y que si el acreedor otorga carta de pago del capital sin mencionarlos, los intereses se presumen pagados. Aun así, la redacción que declara pagados capital, intereses corrientes, intereses de mora y gastos de cobranza cierra la discusión de raíz.
El pago no borra el dato de inmediato. El artículo 13 de la Ley 1266 de 2008, modificado por el artículo 3 de la Ley 2157 de 2021, fija un término máximo de permanencia del dato negativo igual al doble del tiempo de la mora, sin exceder cuatro años contados desde el pago de las cuotas vencidas o la extinción de la obligación. Lo que sí es inmediato es el deber de la fuente de reportar la novedad al operador (artículo 8, numeral 2), y por eso el paz y salvo debe incluir ese compromiso.
Firmar un paz y salvo sin identificar el documento del que nace la deuda, no recuperar el título valor original, olvidar la cancelación de la hipoteca o la prenda que garantizaba el crédito y no pedir la actualización del reporte crediticio. Si hay varias deudas con el mismo acreedor, hay que decir cuál se está pagando: el artículo 1654 del Código Civil permite al acreedor imputar el pago en la carta de pago cuando el deudor no lo hizo.
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Contar mi caso gratisModelo de memorial para que el juez declare terminado el proceso ejecutivo porque el deudor pagó la obligación y las costas. Pide la cancelación de los embargos y secuestros y la entrega de los títulos de depósito, conforme al Código General del Proceso.
Modelo de acta de conciliación extrajudicial sobre una deuda de dinero, para firmar en un centro de conciliación o ante notario. Recoge el acuerdo de pago por cuotas, la cláusula aceleratoria y los intereses dentro del tope legal, con el contenido mínimo que la Ley 2220 de 2022 exige para que preste mérito ejecutivo.
Modelo de contrato de préstamo de dinero entre particulares, con constancia de entrega, plazo de pago e intereses dentro del límite legal. Incluye cláusula aceleratoria y garantía opcional, y está redactado para que preste mérito ejecutivo si el deudor deja de pagar.
Modelo de demanda ejecutiva de mayor cuantía para cobrar ante el juez civil del circuito una deuda superior a 150 salarios mínimos. Se apoya en un título ejecutivo, pide mandamiento de pago y solicita el embargo y secuestro de bienes del deudor desde la presentación.
Modelo de demanda ejecutiva de mínima cuantía para cobrar hasta 40 salarios mínimos con un pagaré, letra, cheque u otro título ejecutivo. Se presenta ante el juez civil municipal, se tramita en única instancia, no exige abogado e incluye la solicitud de medidas cautelares.
Modelo de carta de cobro prejurídico que respeta los canales, horarios y frecuencia que impone la Ley 2300 de 2023. Fija un plazo para pagar, advierte el cobro judicial si no se hace e interrumpe por una sola vez el término de prescripción.
Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.