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¿Qué pasa si mi moto tiene multas de tránsito?

Respuesta rápida

Deber una multa no permite inmovilizar tu moto: el Código solo la inmoviliza por infracciones concretas, como no tener SOAT o revisión técnico-mecánica (Ley 769 de 2002, arts. 125 y 131). Lo que sí se bloquea son trámites como el traspaso o renovar la licencia, y una deuda en cobro coactivo puede terminar en embargo.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

Qué se puede y qué no se puede hacer con una moto que tiene multas
Trámite o situación¿Exige paz y salvo de multas?Norma
Circular con la motoNo. La deuda no es causa de inmovilización; SOAT o revisión vencidos síLey 769 de 2002, arts. 125 y 131 (D.2, C.35)
Traspaso de la motoSí, del propietario que vendeResolución 20223040045295 de 2022, art. 5.3.2.1, num. 4
Matrícula inicialSí, del propietarioResolución 20223040045295 de 2022, art. 5.3.1.1, num. 3
Cancelación de la matrículaResolución 20223040045295 de 2022, art. 5.3.5.1, num. 3
Renovación de la licencia de conducciónSí, por multas ejecutoriadasLey 769 de 2002, arts. 22 y 23
Fuente: Ley 769 de 2002 y Resolución 20223040045295 de 2022 del Ministerio de Transporte

¿Me pueden inmovilizar la moto por deber multas?

No por la deuda en sí. El artículo 125 de la Ley 769 de 2002 define la inmovilización como suspender temporalmente la circulación del vehículo. Aplica en los casos que el código señala y dura hasta que se subsane la causa.

Deber una multa no figura entre esas causas. Sí figuran, en el artículo 131, conducir sin los seguros ordenados por la ley (literal D.2) y no hacer la revisión técnico-mecánica en el plazo legal (literal C.35). Si te inmovilizan la moto, mira qué infracción anotó el agente en el comparendo: ese es el motivo, no las multas viejas.

¿Cuándo pueden embargarme la moto por una multa?

Cuando la multa está en firme y no la pagas, el organismo de tránsito puede cobrarla por jurisdicción coactiva (Ley 769 de 2002, art. 159), con el procedimiento del Estatuto Tributario (Ley 1066 de 2006, art. 5).

El cobro empieza con un mandamiento de pago. Desde que te lo notifican tienes quince días para pagar o presentar excepciones, entre ellas el pago, un acuerdo de pago y la prescripción (Estatuto Tributario, arts. 830 y 831). Antes o al tiempo del mandamiento, la autoridad puede decretar el embargo y secuestro preventivo de tus bienes (art. 837), y la moto es uno de ellos.

Lo embargado no puede valer más del doble de la deuda con sus intereses (art. 838). Y la multa prescribe a los tres años de la infracción, plazo que solo se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago (Ley 769 de 2002, art. 159).

¿Qué trámites bloquea una multa pendiente?

El artículo 10 de la Ley 769 de 2002 creó el SIMIT para que no se haga ningún trámite en el que esté involucrado un infractor sin paz y salvo. La Resolución 20223040045295 de 2022 del Ministerio de Transporte lo aplica trámite por trámite, como muestra la tabla.

Estás a paz y salvo aunque la multa exista en tres casos (Ley 769 de 2002, art. 23). Cumpliste la sanción. Pasaron tres años desde la infracción sin que te notificaran mandamiento de pago. O vas al día en un acuerdo de pago.

¿Cómo reviso qué multas tengo y de quién son?

Consulta el SIMIT con tu cédula y con la placa de la moto. Su información es pública (Ley 769 de 2002, art. 11).

La multa es de quien cometió la infracción, no de la moto: el artículo 129 prohíbe imponerla a una persona distinta. Las fotomultas llegan al propietario que figura en el RUNT (Ley 1843 de 2017, art. 8), que puede demostrar que no conducía.

Si una multa ya prescribió, o caducó porque pasó un año sin decidir la sanción (art. 161), pídelo por escrito al organismo de tránsito antes de pagar.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Puedo vender mi moto si tiene multas?

Puedes firmar la venta, pero el traspaso ante tránsito exige que el propietario esté a paz y salvo por multas (Resolución 20223040045295 de 2022, art. 5.3.2.1). Paga primero o pacta cómo se pagan el día del trámite.

¿Las multas viejas de mi moto desaparecen?

Prescriben a los tres años de la infracción si no te notificaron mandamiento de pago (Ley 769 de 2002, art. 159). Pero siguen en el SIMIT hasta que la autoridad declare la prescripción, así que pídela por escrito.

¿Puedo pagar las multas en cuotas?

Puedes pedir un acuerdo de pago al organismo de tránsito que impuso la multa. Si vas al día en él, la ley te considera a paz y salvo para los trámites (Ley 769 de 2002, art. 23, numeral 3).

¿Me cobran intereses si no pago?

Sí. Si aceptaste la infracción y no pagaste en los plazos del descuento, debes el 100 % de la multa más intereses moratorios (Ley 769 de 2002, art. 136, numeral 3).

Para profundizar

Términos: Comparendo · RUNT · SOAT · Prescripción de la multa de tránsito

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