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Definición · Civil y deudas

Proceso ejecutivo

Juicio para cobrar por la fuerza una obligación clara, expresa y exigible que conste en un documento que provenga del deudor: pagaré, letra, cheque, contrato, acta de conciliación o sentencia. El juez libra mandamiento de pago, puede decretar embargos desde el inicio y el deudor tiene diez días para pagar o proponer excepciones. Hasta cuarenta salarios mínimos no exige abogado.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026

¿Cómo se ve en un caso real?

Un vecino le firmó a Luisa una letra por $6.000.000 y no pagó. Ella presentó demanda ejecutiva sin abogado y el juez ordenó embargar la cuenta del deudor.

¿Dónde está en la ley?

Código General del Proceso, arts. 422, 430, 442 y 599

Leer la norma en la fuente oficial

Guías donde este término es clave

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Pagaré · Embargo · Título valor · Prescripción extintiva · Desistimiento tácito · Inembargabilidad del salario · Insolvencia de persona natural

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