Definición · Civil y deudas
Prescripción extintiva
Pérdida del derecho a cobrar judicialmente una obligación por el paso del tiempo sin reclamarla. La acción ejecutiva prescribe en cinco años y la ordinaria en diez; la de un pagaré o letra, en tres. El juez no la declara de oficio: el deudor debe alegarla. La interrumpen la notificación de la demanda y el reconocimiento de la deuda.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026
¿Cómo se ve en un caso real?
A Gustavo lo demandaron en 2026 por un pagaré vencido en 2021. Como pasaron más de tres años sin demanda, propuso la excepción de prescripción y ganó.
¿Dónde está en la ley?
Código Civil, arts. 2513, 2535 y 2536 (mod. Ley 791 de 2002, art. 8); Código de Comercio, art. 789; Código General del Proceso, art. 94
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Proceso ejecutivo · Pagaré · Prescripción laboral · Caducidad del dato negativo · Mora · Usura
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