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Poder · Laboral

Poder especial para proceso laboral

Modelo de poder especial para que un abogado represente a un trabajador o a un empleador en un proceso ordinario laboral. Cumple los requisitos del nuevo Código Procesal del Trabajo (Ley 2452 de 2025) e incluye las facultades que exigen autorización expresa del poderdante.

KippiLexActualizado el 22 de septiembre de 2026 48 2
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 54
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 55
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 56
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 19
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 258
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 259
  • Ley 2452 de 2025 (CPTSS) art. 330
  • Ley 2213 de 2022 art. 5
  • Ley 2220 de 2022 art. 13
  • Ley 1123 de 2007 art. 28
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Preguntas frecuentes

¿Cuándo se usa un poder especial para proceso laboral?

Cuando un trabajador va a demandar a su empleador, o un empleador va a contestar una demanda, ante la jurisdicción ordinaria laboral: reclamación de salarios, prestaciones, indemnización por despido, contrato realidad, pensión. También sirve para que el apoderado asista a la audiencia de conciliación, siempre que el poder le dé de manera expresa la facultad de conciliar.

¿Por qué este poder ya no cita el Código General del Proceso?

Porque el 2 de abril de 2026 entró en vigencia la Ley 2452 de 2025, que expidió el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y derogó el Decreto Ley 2158 de 1948 (art. 331). Ese código regula directamente el poder en sus artículos 54, 55 y 56, de modo que ya no hace falta acudir al CGP por remisión. Para los procesos iniciados antes de esa fecha siguen aplicándose las normas procesales anteriores (art. 330).

¿Qué debe contener el poder?

Según el artículo 54 de la Ley 2452 de 2025, por lo menos la designación del despacho judicial al cual va dirigido, la identificación de las partes y la determinación clara de los asuntos encomendados. La misma norma aclara que no se puede exigir que el poder transcriba todas y cada una de las pretensiones de la demanda, así que basta describir el asunto con precisión.

¿Ante quién se presenta y cómo se otorga?

Ante el juez laboral competente. El artículo 10 de la Ley 2452 de 2025 fija la competencia por el último lugar donde se prestó el servicio o por el domicilio del demandado, a elección del demandante; y el artículo 13 asigna a los jueces laborales municipales los procesos de hasta 40 salarios mínimos y a los del circuito los que superen esa cuantía. El poder puede otorgarse por escrito, por medios electrónicos o en audiencia o diligencia.

¿Qué anexos lleva?

Copia de la cédula del poderdante. Si el poderdante es una empresa, certificado de existencia y representación legal vigente, para acreditar que quien firma tiene la representación. El apoderado acredita su calidad con la tarjeta profesional y con el correo inscrito en el Registro Nacional de Abogados.

¿Es importante la facultad de conciliar?

Mucho. La conciliación es la primera etapa de la audiencia inicial del artículo 258 de la Ley 2452 de 2025, y el artículo 19 permite que la audiencia se celebre con la sola comparecencia de los apoderados sólo si están debidamente facultados para conciliar. Sin esa facultad expresa el juez declara clausurada la etapa y la oportunidad se pierde. La de recibir es igual de importante para cobrar lo que se obtenga.

¿Qué facultades da la ley sin escribirlas y cuáles hay que decir expresamente?

El artículo 54 entiende conferido el poder para pedir medidas cautelares y pruebas extraprocesales, adelantar todo el trámite, interponer recursos ordinarios y extraordinarios, cumplir las actuaciones posteriores a la sentencia y cobrar ejecutivamente las condenas sin necesidad de nuevo poder; también habilita para recibir la notificación del auto admisorio o del mandamiento ejecutivo y confesar espontáneamente. En cambio exige autorización expresa para recibir, allanarse y disponer del derecho en litigio, lo que cubre conciliar, transigir y desistir.

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Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.

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