KippiLex

Otrosí · Civil

Otrosí a un contrato civil o comercial

Modelo de otrosí para modificar, adicionar o suprimir cláusulas de un contrato ya firmado, por mutuo acuerdo de las partes. Identifica el contrato original, precisa exactamente qué cambia y deja vigente todo lo demás, con fundamento en el artículo 1602 del Código Civil.

KippiLexActualizado el 22 de septiembre de 2026 25 0
  • Código Civil arts. 1602, 1618 y 1625
  • Código de Comercio arts. 822, 824 y 826
GuíaEl arrendador quiere subirme el canon más de lo permitidoLeer GuíaQué es la debida diligencia y cómo hacerla antes de contratarLeer

Preguntas frecuentes

¿Qué es un otrosí y cuándo se usa?

Es el documento con el que las partes de un contrato vigente lo modifican sin celebrar uno nuevo. Se apoya en el artículo 1602 del Código Civil, según el cual todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. Se usa para cambiar el precio, el plazo, el objeto, las garantías o cualquier cláusula, y también para adicionar o suprimir obligaciones.

¿Quién debe firmarlo?

Todas las partes del contrato original, o quienes las representen con facultad suficiente. Si una de ellas es una sociedad, debe firmar el representante legal inscrito, y conviene verificar en el certificado de existencia y representación legal que no tenga un tope de cuantía que le impida obligarse por el valor modificado. Un otrosí firmado por una sola parte no modifica nada.

¿Necesita escritura pública o registro?

Depende de la forma del contrato original. Si el contrato se celebró por escritura pública o está sujeto a registro —una compraventa de inmueble, una hipoteca, un contrato de sociedad—, el otrosí debe cumplir la misma solemnidad y hacerse el mismo registro, porque el artículo 824 del Código de Comercio advierte que cuando la ley exige una solemnidad como requisito esencial el negocio no se forma mientras no se llene. Si el contrato consta en documento privado, basta el documento privado con las firmas de los suscriptores (artículo 826).

¿Cuántos otrosíes se pueden hacer y cómo se numeran?

No hay límite legal. Se numeran de forma consecutiva —otrosí No. 1, No. 2— y cada uno debe identificar el contrato original y los otrosíes anteriores que sigan vigentes. Cuando ya hay varios, es buena práctica incluir en el nuevo un resumen de las cláusulas tal como quedan, para que quien lea el expediente no tenga que reconstruir el contrato de memoria.

¿Desde cuándo produce efectos?

Desde la fecha que las partes fijen en el propio otrosí; si no dicen nada, desde su firma. Las partes pueden acordar efectos hacia atrás entre ellas, pero ese pacto no perjudica a terceros de buena fe ni sirve para desconocer obligaciones ya causadas frente a la administración tributaria o a la seguridad social.

¿Qué pasa con lo que no se modifica?

Sigue vigente y obliga igual. Por eso el otrosí debe cerrar con una cláusula que diga expresamente que las demás estipulaciones del contrato original se mantienen sin alteración. Omitir esa frase es la causa más común de discusiones posteriores sobre si el otrosí sustituyó el contrato entero o sólo lo ajustó.

¿Cuáles son los errores más frecuentes?

Redactarlo en términos vagos —«se amplía el plazo»— en lugar de transcribir cómo queda la cláusula modificada; no identificar el contrato original con su fecha y objeto; y no revisar si el cambio obliga a ajustar la garantía, la póliza o el registro. Cuando el otrosí aumenta el valor del contrato, la garantía debe actualizarse por el mismo acto, o la cobertura queda corta.

¿Necesitas que un abogado revise o presente este documento?

Publica tu caso gratis y recibe propuestas de abogados verificados. Tú eliges con quién trabajar, sin comisiones ocultas.

Contar mi caso gratis

Minutas relacionadas

Derecho de petición· Civil· KippiLex

Derecho de petición a la administración de propiedad horizontal

Modelo de derecho de petición al administrador del edificio o conjunto para obtener actas, estados financieros, presupuesto y soportes de gastos. Se apoya en el artículo 23 de la Constitución y en las funciones del administrador de la Ley 675 de 2001, con la ruta de queja si no responde.

36 0Abrir
Memorial· Civil· KippiLex

Memorial de desistimiento de la demanda

Modelo de memorial para desistir, total o parcialmente, de las pretensiones de una demanda antes de que se dicte sentencia. Sigue el artículo 314 del Código General del Proceso e incluye el levantamiento de las medidas cautelares y el manejo de la condena en costas.

27 0Abrir
Demanda· Civil· KippiLex

Impugnación de decisión de asamblea de propiedad horizontal

Modelo de demanda para impugnar una decisión de la asamblea de copropietarios contraria a la ley o al reglamento de propiedad horizontal. Se presenta ante el juez civil del circuito dentro de los dos meses siguientes y permite pedir la suspensión provisional de la decisión.

16 0Abrir
Paz y salvo· Civil· KippiLex

Paz y salvo por pago de una obligación

Modelo de paz y salvo con el que el acreedor declara pagada una deuda y cierra la obligación frente al deudor. Devuelve el título valor, cancela las garantías y compromete al acreedor a actualizar el reporte en las centrales de información crediticia.

36 0Abrir
Poder· Civil· KippiLex

Poder especial para trámites administrativos

Modelo de poder especial para que otra persona adelante un trámite ante una entidad pública en nombre de quien lo otorga. Faculta para radicar peticiones y documentos, recibir notificaciones y pedir copias, e incluye la nota de presentación personal que exige la ley.

18 0Abrir
Poder· Civil· KippiLex

Poder especial para trámites ante tránsito

Modelo de poder especial para que otra persona adelante ante el organismo de tránsito los trámites del vehículo de quien lo otorga. Cubre el traspaso, el traslado de cuenta, los duplicados y el retiro del vehículo de los patios, con las facultades enumeradas una a una y el aviso de cuándo hace falta un abogado.

41 0Abrir

Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.

Versión 1
Otrosí a un contrato civil o comercial: modelo 2026 | KippiLex