¿Cuánto cuesta autenticar una promesa de compraventa en notaría?
Respuesta rápida
En 2026 el reconocimiento de firma y contenido de un documento privado cuesta $2.800 por firma, según la Resolución 000964 de 2026 de la Superintendencia de Notariado y Registro. Si la notaría verifica tu huella, suma $4.800 por persona. Cada hoja adicional cuesta $280, y se agregan el IVA y el papel notarial.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026
| Concepto | Valor 2026 | Norma |
|---|---|---|
| Reconocimiento de firma y contenido, o autenticación de firma, por cada firma | $2.800 | Resolución 000964 de 2026, art. 6 |
| Identificación con huella electrónica, por persona | $4.800 | Resolución 000964 de 2026, art. 6 |
| Cada hoja adicional rubricada y sellada | $280 | Resolución 000964 de 2026, art. 6, parágrafo 1 |
| Imposición de firma digital | $10.400 | Resolución 000964 de 2026, art. 6, parágrafo 2 |
| Escritura pública de un acto sin cuantía | $90.600 | Resolución 000964 de 2026, art. 2, literal a |
¿Cuánto cuesta cada parte del trámite?
Las tarifas notariales las fija cada año la Superintendencia de Notariado y Registro para todo el país. Las de 2026 rigen desde febrero, con un aumento que no supera el IPC de 2025 (5,10 %). Las notarías deben publicar las tarifas en un lugar visible.
Para una promesa firmada por comprador y vendedor, el costo base es la suma de cada firma más la verificación de identidad. Con dos firmantes: 2 x $2.800 más 2 x $4.800 son $15.200, antes de hojas adicionales, IVA y papel notarial. Ese es un ejemplo de cuenta, no el valor final: la notaría te da la liquidación exacta.
¿Es obligatorio autenticar la promesa?
La ley no lo exige para que la promesa valga. Para que obligue, la promesa debe constar por escrito, contener un plazo o condición para celebrar el contrato, describirlo de modo que solo falten la entrega o las formalidades legales, y no versar sobre un contrato ineficaz (Ley 153 de 1887, art. 89). Nada dice que deba pasar por notaría.
Lo que sí hace el reconocimiento ante notario es dejar constancia de quién firmó y de que reconoció el contenido. Un documento privado se presume auténtico mientras no sea desconocido o tachado de falso (Código General del Proceso, art. 244), así que el reconocimiento reduce el riesgo de que una parte diga después que esa firma no es suya. Muchos bancos y vendedores lo piden por esa razón, pero eso es práctica, no requisito legal.
La promesa no transfiere la propiedad. La venta de un inmueble solo se reputa perfecta cuando se otorga escritura pública (Código Civil, art. 1857).
¿Quién paga la autenticación?
La resolución fija cuánto cobra la notaría, no quién lo paga. Lo que acuerden comprador y vendedor debe quedar escrito en la promesa. Si no lo dicen, tendrán que resolverlo entre ustedes antes de ir a la notaría.
Fuentes
- Superintendencia de Notariado y Registro, Resolución RES-2026-000964-6 del 20 de enero de 2026, arts. 2 y 6Fuente oficial
- Superintendencia de Notariado y Registro, comunicado del 6 de febrero de 2026 sobre las tarifas notarialesFuente oficial
- Ley 153 de 1887, art. 89 (requisitos de la promesa)Fuente oficial
- Código General del Proceso, art. 244Fuente oficial
Preguntas frecuentes
¿Dónde autentico una promesa de compraventa?
En una notaría. Llevas el documento impreso y sin firmar, y todos los que firman deben ir con su cédula, porque la firma se pone o se reconoce ante el notario.
¿La tarifa cambia según el valor del inmueble?
No para el reconocimiento de firmas: se cobra por firma. El valor del inmueble pesa después, en la escritura pública de compraventa, que se liquida sobre el precio.
¿Es más barato en una notaría que en otra?
No. Las tarifas son las mismas en todo el país porque las fija la Superintendencia. Lo que puede variar es el número de hojas, el papel y el IVA de tu documento.
¿Sirve una promesa sin autenticar?
Sí, siempre que cumpla los cuatro requisitos del artículo 89 de la Ley 153 de 1887. Sin reconocimiento tendrás menos prueba si la otra parte desconoce su firma.
¿Cuánto cuesta firmar la promesa con firma digital?
La imposición de la firma digital cuesta $10.400, y si el documento tiene varios folios se suma un 10 % por cada folio enviado (Resolución 000964 de 2026, art. 6, parágrafo 2).
Para profundizar
Términos: Promesa de compraventa
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