Demanda · Consumidor
Modelo de demanda de protección al consumidor ante la Superintendencia de Industria y Comercio por incumplimiento de la garantía legal. Exige haber reclamado antes al proveedor, se radica en línea y se tramita por proceso verbal o verbal sumario según la cuantía.
Usar el modelo equivocado cuesta más tiempo que no usar ninguno.
No son erratas de redacción. Son los que cuestan el trámite.
Confundir la queja administrativa con la demanda de protección al consumidor.
Son dos caminos distintos ante la misma entidad. La investigación administrativa del artículo 59 puede terminar en las multas del artículo 61, de hasta dos mil salarios mínimos, pero no le devuelve el dinero al consumidor. La devolución sólo la ordena la decisión jurisdiccional.
Demandar sin identificar plenamente al productor o proveedor.
El numeral 6 del artículo 58 lo exige, y sólo permite suplirlo indicando el sitio donde se adquirió el producto o se realizó la relación de consumo.
Dejar pasar el año siguiente a la expiración de la garantía.
El numeral 3 del artículo 58 fija ese plazo para las demandas de efectividad de la garantía, y un año desde la terminación del contrato para las controversias contractuales.
No adjuntar la constancia de la reclamación directa ni el acta de conciliación.
El literal g del numeral 5 del artículo 58 da por cumplido el requisito con un acta de audiencia de conciliación de cualquier centro legalmente establecido. Sin uno de los dos documentos no hay con qué acreditarlo.
Cada enlace va al texto oficial. Comprobados el 7 de septiembre de 2026.
Ley 1480 de 2011, artículo 56
Las acciones jurisdiccionales de protección al consumidor son las populares y de grupo, las de responsabilidad por producto defectuoso ante la jurisdicción ordinaria, y la acción de protección al consumidor, que cubre la efectividad de la garantía, la protección contractual y la información o publicidad engañosa.
Ver el texto en Función Pública, Gestor NormativoLey 1480 de 2011, artículo 58
Estos procesos se tramitan por el procedimiento verbal sumario. La Superintendencia de Industria y Comercio y el juez competente conocen a prevención, y la Superintendencia tiene competencia en todo el territorio nacional y reemplaza al juez de primera o única instancia.
Ver el texto en Función Pública, Gestor NormativoLey 1480 de 2011, artículo 59
Además de la función jurisdiccional, la Superintendencia de Industria y Comercio tiene facultades administrativas de protección al consumidor, que ejerce siempre que no hayan sido asignadas de manera expresa a otra autoridad.
Ver el texto en Función Pública, Gestor NormativoLey 1480 de 2011, artículo 61
La Superintendencia puede imponer, previa investigación administrativa, multas de hasta dos mil salarios mínimos mensuales legales vigentes, cierre temporal del establecimiento hasta por 180 días y, en caso de reincidencia, cierre definitivo o retiro de la página web.
Ver el texto en Función Pública, Gestor NormativoCuando el consumidor ya reclamó directamente al proveedor o productor por la garantía de un producto y no obtuvo respuesta dentro de los quince días hábiles del literal c) del numeral 5 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011, o la respuesta fue negativa o no resolvió el problema. Es una acción jurisdiccional: la SIC actúa como juez y su decisión obliga al proveedor.
Ante la Superintendencia de Industria y Comercio, Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales. Su competencia jurisdiccional en esta materia proviene del literal a) del numeral 1 del artículo 24 del CGP y del numeral 1 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011, según el cual la SIC y el juez competente conocen a prevención y la Superintendencia tiene competencia en todo el territorio nacional. También es competente el juez del lugar donde se comercializó o adquirió el producto. Se radica en línea por el sistema de trámites del sitio web de la SIC.
La prueba de la reclamación directa al proveedor —la carta con constancia de recibido, el correo enviado o la constancia escrita del reclamo verbal—, la factura o comprobante de compra, la respuesta del proveedor si la hubo, fotos o videos de la falla y la cédula del demandante. Sin la prueba de la reclamación directa la demanda se inadmite: la exigen el numeral 5 del artículo 58 y el parágrafo del artículo 2 del Decreto 735 de 2013.
Según el numeral 3 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011, la demanda por efectividad de la garantía debe presentarse a más tardar dentro del año siguiente a la expiración de la garantía; las controversias netamente contractuales, dentro del año siguiente a la terminación del contrato; y en los demás casos, dentro del año siguiente a que el consumidor conozca los hechos. En cualquier caso debe probarse que la reclamación directa se hizo mientras la garantía estaba vigente.
La demanda no tiene costo de radicación. Sobre el abogado hay que tener cuidado con una cita muy repetida: la frase del numeral 4 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011 que decía que no se requería actuar por intermedio de abogado fue derogada por el literal a) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012. Hoy rige el artículo 73 del CGP, con la excepción del numeral 2 del artículo 28 del Decreto 196 de 1971: se puede litigar en causa propia, sin ser abogado, en los procesos de mínima cuantía, que son los que no exceden de cuarenta salarios mínimos legales mensuales. Las ligas y asociaciones de consumidores pueden representar a los consumidores.
El proceso se tramita por el verbal o el verbal sumario según la cuantía, conforme al parágrafo 3 del artículo 390 del CGP, con las reglas especiales del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011. Al decidir, la SIC puede fallar infra, extra y ultrapetita y emitir las órdenes que correspondan, con la forma y el término de cumplimiento (numeral 9). Si la decisión favorece al consumidor puede imponerse al proveedor, además de la condena, una multa de hasta ciento cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de la SIC, salvo que el proceso termine por conciliación, transacción, desistimiento o allanamiento (numeral 10). El incumplimiento de la orden da lugar a multas sucesivas (numeral 11).
Presentar la demanda sin la prueba de que la reclamación directa se hizo durante la vigencia de la garantía, que es lo que más inadmisiones produce. También identificar mal al demandado: el numeral 6 del artículo 58 exige identificarlo plenamente y, si no se puede, indicar el sitio o el medio por el que se adquirió el producto y toda la información que permita vincularlo, porque transcurridos dos meses sin lograr su individualización el proceso se archiva. Y dejar vencer el año siguiente a la expiración de la garantía.
Publica tu caso gratis y recibe propuestas de abogados verificados. Tú eliges con quién trabajar, sin comisiones ocultas.
Contar mi caso gratisModelo de reclamación al banco por cuotas de manejo, seguros o débitos que el cliente nunca autorizó, con solicitud de devolución. Se funda en los derechos del consumidor financiero de la Ley 1328 de 2009 e indica cómo escalar al Defensor del Consumidor Financiero.
Modelo de reclamación directa al proveedor o productor para hacer efectiva la garantía legal de un producto o de un servicio. Es requisito previo para demandar ante la Superintendencia de Industria y Comercio y el proveedor tiene quince días hábiles para responder.
Modelo de carta para ejercer el derecho de retracto y deshacer una compra hecha por internet, por teléfono o a domicilio. El plazo para retractarse es de cinco días hábiles y la devolución del dinero no puede tardar más de quince días calendario, según la Ley 1480 de 2011.
Modelo de solicitud de reversión del pago de una compra por internet pagada con tarjeta, cuando hubo fraude o el producto no llegó. Se dirige a la vez al proveedor y al emisor del medio de pago dentro de los cinco días hábiles siguientes, conforme a la Ley 1480 de 2011.
Modelo de reclamación a la aerolínea por vuelo cancelado, demorado, sobrevendido o anticipado, con las compensaciones que corresponden. Se apoya en el RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos y en el Código de Comercio, e indica cómo escalar la queja ante la Aeronáutica Civil.
Modelo de demanda de restitución de inmueble arrendado para que el juez ordene al arrendatario devolver la casa, el apartamento o el local. Sirve por mora en el pago, terminación del contrato u otra causal de la Ley 820 de 2003, e invoca la carga de consignar los cánones para ser oído.
Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.