Derecho de petición · Consumidor
Modelo de reclamación al banco por cuotas de manejo, seguros o débitos que el cliente nunca autorizó, con solicitud de devolución. Se funda en los derechos del consumidor financiero de la Ley 1328 de 2009 e indica cómo escalar al Defensor del Consumidor Financiero.
Cuando en el extracto de una cuenta, tarjeta o crédito aparece un cargo que el cliente nunca autorizó: un seguro que no contrató, una cuota de manejo o una comisión no pactada, un débito automático que no aprobó, un cobro de gastos de cobranza sin gestión real o una compra que no reconoce. Sirve tanto para pedir la reversión del cargo como para exigir el soporte que lo justifica.
Ante la entidad vigilada, por sus canales de atención. El literal e) del artículo 5 de la Ley 1328 de 2009 reconoce al consumidor financiero el derecho de presentar consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante la entidad vigilada, el Defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación. Conviene radicar primero ante la entidad y conservar el número de radicado.
El artículo 33 del Código de Procedimiento Administrativo (Ley 1437 de 2011), sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, dispone que a las entidades que conforman el sistema financiero y bursátil se les aplican, en sus relaciones con los usuarios, las disposiciones sobre derecho de petición. Rigen entonces los plazos del artículo 14: quince (15) días para una petición general y diez (10) para solicitudes de documentos e información, contados en días hábiles conforme al artículo 62 de la Ley 4 de 1913.
El extracto o comprobante donde aparece el cargo con la fecha y el valor, el contrato del producto y sus anexos si se tienen, las comunicaciones previas con la entidad y la copia de la cédula. El literal j) del artículo 7 de la Ley 1328 obliga a la entidad a dar constancia del estado y condiciones específicas de los productos cuando el consumidor lo solicite, así que también puede pedirse ese soporte en la misma reclamación.
El literal g) del artículo 7 de la Ley 1328 de 2009 obliga a las entidades vigiladas a abstenerse de hacer cobros no pactados o no informados previamente al consumidor financiero y a tener a su disposición los comprobantes o soportes de los pagos, transacciones u operaciones realizadas por cualquier canal. El literal h) prohíbe cobrar gastos de cobranza prejudicial sin haber desplegado una actividad real y sin informar previamente su valor, y el literal e) prohíbe los abusos contractuales y el abuso de posición dominante.
Acudir al Defensor del Consumidor Financiero, que conoce y resuelve de forma objetiva y gratuita las quejas relativas a un posible incumplimiento de la entidad y puede actuar como conciliador (artículo 13 de la Ley 1328); tener en cuenta que no conoce asuntos de más de cien salarios mínimos ni hechos ocurridos hace tres años o más (artículo 14). También puede presentarse queja ante la Superintendencia Financiera de Colombia y, a elección del consumidor, someter a esa Superintendencia el asunto contencioso para que lo falle en derecho con las facultades propias de un juez, conforme al artículo 57 de la Ley 1480 de 2011, siempre que se trate de la ejecución y cumplimiento de obligaciones contractuales y no de un asunto ejecutivo o laboral.
Reclamar por teléfono sin pedir número de radicado, dejar pasar meses de extractos con el mismo cobro y pagar el cargo discutido sin dejar constancia de que se paga bajo protesta. Conviene reclamar apenas se detecta, pedir por escrito el documento donde conste la autorización del cobro y guardar todos los extractos donde aparece.
Publica tu caso gratis y recibe propuestas de abogados verificados. Tú eliges con quién trabajar, sin comisiones ocultas.
Contar mi caso gratisModelo de reclamación a la aerolínea por vuelo cancelado, demorado, sobrevendido o anticipado, con las compensaciones que corresponden. Se apoya en el RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos y en el Código de Comercio, e indica cómo escalar la queja ante la Aeronáutica Civil.
Modelo de carta para ejercer el derecho de retracto y deshacer una compra hecha por internet, por teléfono o a domicilio. El plazo para retractarse es de cinco días hábiles y la devolución del dinero no puede tardar más de quince días calendario, según la Ley 1480 de 2011.
Modelo de solicitud de reversión del pago de una compra por internet pagada con tarjeta, cuando hubo fraude o el producto no llegó. Se dirige a la vez al proveedor y al emisor del medio de pago dentro de los cinco días hábiles siguientes, conforme a la Ley 1480 de 2011.
Modelo de demanda de protección al consumidor ante la Superintendencia de Industria y Comercio por incumplimiento de la garantía legal. Exige haber reclamado antes al proveedor, se radica en línea y se tramita por proceso verbal o verbal sumario según la cuantía.
Modelo de reclamación directa al proveedor o productor para hacer efectiva la garantía legal de un producto o de un servicio. Es requisito previo para demandar ante la Superintendencia de Industria y Comercio y el proveedor tiene quince días hábiles para responder.
Modelo de reclamo de habeas data ante DataCrédito, TransUnion o Procrédito para corregir, actualizar o borrar un reporte negativo. Se dirige también a la fuente que reportó, con la Ley 1266 de 2008: quince días hábiles para responder y silencio positivo si no lo hacen.
Este modelo es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. Revisa que los datos y las normas correspondan a tu situación antes de radicarlo. KippiLex no es una firma de abogados.