KippiLex

¿Cuáles son las tarifas, los grupos y los topes del régimen simple en 2026?

Respuesta rápida

La tarifa del régimen simple va del 1,2 % al 14,5 % de los ingresos brutos anuales, según la actividad y el tramo de ingresos, y solo pueden acogerse quienes tuvieron ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT el año anterior (Estatuto Tributario, arts. 905 y 908). Las actividades CIIU 4665, 3830 y 3811 pagan 1,62 %.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

Tarifa SIMPLE consolidada anual por grupo de actividades e ingresos brutos
Grupo de actividades0 a menos de 6.000 UVT6.000 a menos de 15.000 UVT15.000 a menos de 30.000 UVT30.000 a menos de 100.000 UVT
Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías1,2 %2,8 %4,4 %5,6 %
Comercio, servicios técnicos y mecánicos, construcción, industria, telecomunicaciones y demás actividades1,6 %2,0 %3,5 %4,5 %
Expendio de comidas y bebidas, y transporte3,1 %3,4 %4,0 %4,5 %
Servicios profesionales, de consultoría y científicos5,9 %7,3 %12 %14,5 %
Actividades CIIU 4665, 3830 y 38111,62 %1,62 %1,62 %1,62 %
Fuente: Estatuto Tributario, art. 908

¿Cuál es la tarifa del SIMPLE según tu actividad?

El artículo 908 del Estatuto Tributario fija una tarifa consolidada por grupo de actividades y por tramo de ingresos brutos anuales. Esa tarifa integra el impuesto sobre la renta y el impuesto de industria y comercio consolidado (art. 907).

Los tramos están expresados en UVT, así que no cambian con la inflación. Lo que cambia cada año es su valor en pesos: la UVT vale $52.374 en 2026 (Resolución 000238 de 2025).

¿Qué actividades componen cada grupo?

Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías tienen su propia tabla. El grupo general reúne comercio al por mayor y al detal, servicios técnicos y mecánicos donde predomina el factor material, construcción, industria y telecomunicaciones, además de toda actividad no incluida en los demás grupos. Expendio de comidas y bebidas y transporte tienen una tercera tabla.

Los servicios profesionales, de consultoría y científicos, incluidas las profesiones liberales, tienen la cuarta. La Sentencia C-540 de 2023 declaró inexequibles apartes de los artículos 42 y 44 de la Ley 2277 de 2022 y revivió la regla anterior para este grupo, que es la de la tabla. El artículo 908 repite el numeral 3: uno es comidas y transporte y otro servicios profesionales.

Si un mismo contribuyente ejerce dos o más actividades, se le aplica la tarifa consolidada más alta (art. 908, parágrafo 5). Quien vende comidas y bebidas suma además el 8 % de impuesto al consumo (parágrafo 1).

¿Cuál es el tope de ingresos para estar en el SIMPLE?

Puedes ser contribuyente del SIMPLE si en el año anterior tus ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, fueron inferiores a 100.000 UVT (art. 905, numeral 2). Una empresa nueva puede inscribirse si sus ingresos del año no superan ese límite.

Los límites se revisan de forma consolidada si un socio persona natural tiene otras empresas inscritas en el SIMPLE, participa con más del 10 % en sociedades no inscritas o administra otras sociedades (art. 905, numerales 3 a 5).

El artículo 906 lista quienes no pueden optar, entre ellos las entidades financieras, las personas naturales sin residencia y las actividades de factoraje, microcrédito o importación de combustibles.

¿Cómo se paga: tarifa anual o anticipo bimestral?

Las mismas tarifas se aplican cada bimestre sobre los ingresos brutos bimestrales, con tramos de 1.000, 2.500, 5.000 y 16.666 UVT (art. 908, parágrafo 4). Las personas naturales con ingresos de hasta 3.500 UVT presentan solo la declaración anual y no hacen anticipos (art. 910, parágrafo 3).

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿La tarifa del SIMPLE incluye el ICA?

Sí. La tarifa SIMPLE consolidada integra el impuesto de industria y comercio consolidado, cuyo componente depende de lo que fije cada municipio (Estatuto Tributario, arts. 907 y 908).

¿Qué tarifa aplica si tengo dos actividades?

La más alta de las que ejerces, incluida la del impuesto al consumo (Estatuto Tributario, art. 908, parágrafo 5).

¿Hasta cuándo puedo inscribirme en el SIMPLE?

Quien ya tiene RUT debe actualizarlo hasta el último día hábil de febrero del año para el que opta. Quien se inscribe por primera vez en el RUT puede hacerlo en cualquier momento (art. 909). Para 2026 ese plazo ya pasó.

¿Cuál es el tope de ingresos para estar en el SIMPLE?

Ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT en el año gravable anterior (art. 905, numeral 2).

¿Los valores en pesos de los tramos cambian cada año?

Sí, porque están en UVT. La UVT de 2025 fue $49.799 y la de 2026 es $52.374 (Resoluciones DIAN 000193 de 2024 y 000238 de 2025).

Para profundizar

    Términos: Sociedad por acciones simplificada (SAS)

    ¿Tu caso necesita un abogado?

    Cuéntalo en tus palabras y recibe propuestas de abogados verificados en horas. Gratis para ti.

    Contar mi caso gratis

    Relacionado

    Esta respuesta es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. KippiLex no es una firma de abogados.