¿Qué pasa si se vence, pierdo o renuncio al subsidio de vivienda?
Respuesta rápida
Si el subsidio vence sin usarse, dejas de poder aplicarlo. Su vigencia es de 6 meses con recursos del Presupuesto Nacional, 12 en Mi Casa Ya y 36 en las cajas de compensación, con prórrogas posibles. Si renuncias por escrito a tiempo, conservas el derecho a postular de nuevo (Decreto 1077 de 2015, art. 2.1.1.1.1.4.2.6).
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026
| Quién lo otorga | Vigencia | Prórroga | Norma |
|---|---|---|---|
| Presupuesto Nacional (Fonvivienda) | 6 meses | 6 meses automáticos con promesa de compraventa, o por resolución de Minvivienda | Art. 2.1.1.1.1.4.2.5 |
| Mi Casa Ya | 12 meses | El artículo no prevé prórroga | Art. 2.1.1.4.1.2.2 |
| Caja de compensación | 36 meses | Hasta 24 meses más, por acta de la caja | Art. 2.1.1.1.1.4.2.5, parágrafo 4 |
| Arrendamiento subsidiado | 12 meses desde que termina la etapa de arriendo | Sin prórroga general en el artículo | Art. 2.1.1.1.1.4.2.5 |
¿Cuánto dura el subsidio antes de vencerse?
La vigencia depende de quién lo otorgó. Cuenta desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la asignación o de su publicación, no desde el día en que te enteras.
¿Qué pasa cuando se vence?
Vencido el plazo, el subsidio ya no se puede aplicar a la compra. En las cajas, el dinero vuelve al fondo de vivienda (Fovis) de la caja: el decreto habla de reintegros por vencimientos y renuncias (art. 2.1.1.1.1.6.1.6).
Puedes evitarlo pidiendo prórroga antes del vencimiento. Con recursos del Presupuesto Nacional, si firmaste promesa de compraventa y envías copia auténtica a la entidad antes de que venza, la vigencia se prorroga 6 meses de forma automática. Minvivienda también puede prorrogarla por resolución (art. 2.1.1.1.1.4.2.5, parágrafos 1 y 2). Las cajas pueden prorrogar hasta 24 meses más (parágrafo 4).
El decreto no dice que un subsidio vencido te impida postular otra vez. Lo que impide postular es haber recibido un subsidio efectivamente aplicado (art. 2.1.1.1.1.3.3.1.2, literal c). Cada entidad te confirmará si abre una nueva convocatoria para ti.
¿Qué pasa si renuncio al subsidio?
Puedes renunciar en cualquier momento. Debes presentar una comunicación firmada por todos los miembros mayores de edad del hogar y devolver el documento que acredita la asignación. Si la renuncia es oportuna, conservas el derecho a postular de nuevo (art. 2.1.1.1.1.4.2.6).
Fonvivienda las acepta por resolución. Un ejemplo es la Resolución 0625 del 25 de junio de 2026, que aceptó tres renuncias a subsidios de Mi Casa Ya. Si ya tienes un subsidio de Fonvivienda sin aplicar y quieres entrar a Mi Casa Ya, debes renunciar primero al anterior (art. 2.1.1.4.1.3.2).
¿Puedo tener que devolver el subsidio?
El subsidio es restituible si se comprueba falsedad en los documentos presentados para acreditar los requisitos (Ley 3 de 1991, art. 8, modificado por la Ley 2079 de 2021). En Mi Casa Ya, la restitución se indexa con el IPC (art. 2.1.1.4.1.6.1). La restricción de no vender ni dejar de vivir en la casa durante cinco años aplica al subsidio 100 % en especie, no al subsidio en dinero.
Si pierdes tu casa por desastre, dación en pago o remate, la Ley 3 de 1991, art. 6, parágrafos 1 y 2 (modificado por la Ley 2597 de 2026), permite postular una segunda vez, según lo que reglamente el Gobierno.
Fuentes
- Decreto 1077 de 2015 (texto actualizado a febrero de 2026), arts. 2.1.1.1.1.4.2.5, 2.1.1.1.1.4.2.6, 2.1.1.4.1.2.2 y 2.1.1.4.1.6.1Fuente oficial
- Ley 3 de 1991, arts. 6 y 8Fuente oficial
- Fonvivienda, Resolución 0625 del 25 de junio de 2026 (aceptación de renuncias)Fuente oficial
Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza a contar la vigencia?
Con recursos nacionales y de cajas, desde el primer día del mes siguiente a la publicación de la asignación (art. 2.1.1.1.1.4.2.5). En Mi Casa Ya, desde el primer día del mes siguiente a la asignación (art. 2.1.1.4.1.2.2).
¿Puede renunciar solo uno de los integrantes del hogar?
No. La comunicación de renuncia debe ir firmada en conjunto por todos los miembros del grupo familiar mayores de edad.
¿Qué pasa si el banco no me aprueba el crédito?
En Mi Casa Ya el subsidio se asigna cuando ya tienes carta de aprobación de crédito o de leasing (art. 2.1.1.4.1.3.1, literal f). En las cajas se pide carta de preaprobación cuando necesitas financiación (art. 2.1.1.1.1.3.3.1.1, numeral 7). Sin financiación, el subsidio no se aplica.
¿Se puede actualizar el valor de un subsidio ya asignado?
Una caja puede hacerlo, si tú lo pides y mantienes las condiciones, con base en el salario mínimo del momento (art. 2.1.1.1.1.1.8, parágrafo 5). En Mi Casa Ya no hay ajustes posteriores (art. 2.1.1.4.1.2.1, parágrafo 2).
¿Puedo vender un apartamento comprado con subsidio?
La ley prevé la restricción de cinco años solo para el subsidio 100 % en especie (Ley 3 de 1991, art. 8). Revisa igual tu resolución de asignación y tu escritura, porque pueden traer condiciones propias.
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Esta respuesta es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. KippiLex no es una firma de abogados.

