Definición · Familia
Divorcio
Disolución del matrimonio civil, o de los efectos civiles del religioso, por sentencia del juez de familia o, si hay acuerdo total, por escritura ante notario con abogado. Desde la Ley 2442 de 2024 basta la sola voluntad de uno de los cónyuges, sin probar culpa ni esperar plazos. En el trámite se definen alimentos, custodia, visitas y sociedad conyugal.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026
¿Cómo se ve en un caso real?
Verónica quería divorciarse pero su esposo se negaba. Con la causal de sola voluntad, presentó la demanda sin necesidad de acreditar infidelidad ni separación de dos años.
¿Dónde está en la ley?
Código Civil, arts. 154 (mod. Ley 25 de 1992, art. 6; num. 10 adicionado por la Ley 2442 de 2024, art. 2) y 156; Ley 962 de 2005, art. 34
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Términos relacionados
Sociedad conyugal · Custodia y cuidado personal · Cuota alimentaria · Unión marital de hecho · Sucesión · Violencia intrafamiliar
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