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Definición · Familia

Comisaría de familia

Dependencia del municipio o distrito, no del ICBF, que atiende la violencia en el contexto familiar. Dicta medidas de protección provisionales y definitivas, recibe la petición oral o escrita y debe poder actuar a toda hora. También concilia sobre alimentos y fija cuota provisional (Ley 2126 de 2021, arts. 3, 12, 13 y 30; Ley 1098 de 2006, art. 111).

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

¿Cómo se ve en un caso real?

Tras una agresión de su expareja, Camila fue esa misma tarde a la comisaría de familia de su municipio y pidió una medida de protección. Después acudió a la Fiscalía para denunciar el maltrato.

¿En qué casos no se usa?

La comisaría no reemplaza a la Fiscalía: la medida de protección se pide sin perjuicio de las denuncias penales (Ley 294 de 1996, art. 4) y la comisaría no impone prisión. Solo conoce la violencia entre las personas del artículo 5 de la Ley 2126: el núcleo familiar, cónyuges o compañeros aunque estén separados, padres de un mismo hijo, quienes comparten el hogar y parejas estables. Donde hay comisaría y defensoría de familia, los procesos de restablecimiento de derechos de un niño ajenos a la violencia familiar los lleva el defensor del ICBF (art. 5, par. 1, num. 2). Si no hay acuerdo, la decisión definitiva sobre custodia y alimentos es del juez de familia (Código General del Proceso, art. 21, nums. 3 y 7).

¿Cuál es el error que más se comete?

Creer que hace falta abogado o un formato especial. El artículo 9 de la Ley 294 admite la petición por escrito, oral o por cualquier medio idóneo, y la puede presentar la víctima u otra persona en su nombre. Otro error es dejar pasar el plazo: la petición debe presentarse a más tardar dentro de los treinta días siguientes al hecho. Tampoco conviene descartar la comisaría por creer que demora: con indicios leves puede dictar medidas provisionales dentro de las cuatro horas hábiles siguientes (art. 11) y la audiencia se fija entre cinco y diez días después (art. 12). Si la comisaría más cercana no es la de tu domicilio, igual debe adoptar medidas provisionales (Ley 2126, art. 20).

¿Dónde está en la ley?

Ley 2126 de 2021, arts. 2, 3, 5, 12, 13, 20 y 30; Ley 294 de 1996, arts. 9 a 12; Ley 1098 de 2006, arts. 98 y 111

Leer la norma en la fuente oficial

VigenciaLa Ley 2126 de 2021 derogó los artículos 84, 85 y 86 de la Ley 1098 de 2006, sobre creación, calidades y funciones del comisario. Hoy rigen sus artículos 6, 7 y 13. La disponibilidad de siete días a la semana y veinticuatro horas del artículo 30 quedó modificada por el artículo 61 de la Ley 2197 de 2022.

Guías donde este término es clave

Términos relacionados

Medida de protección · Violencia intrafamiliar · Cuota alimentaria · Régimen de visitas · Custodia y cuidado personal · Conciliación extrajudicial · Reconocimiento de paternidad · Impugnación de la paternidad

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