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Definición · Salud

Incapacidad médica

Certificado médico que exime al trabajador de laborar y le da derecho a un auxilio. Por enfermedad común, los dos primeros días los paga el empleador y desde el tercero la EPS: dos tercios del salario hasta el día 90 y la mitad hasta el 180, nunca menos del mínimo. Del 181 al 540 paga el fondo de pensiones.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026

¿Cómo se ve en un caso real?

Yesid lleva 200 días incapacitado por una lesión de espalda. La EPS pagó hasta el día 180 y ahora el fondo de pensiones debe asumir el auxilio.

¿Dónde está en la ley?

Código Sustantivo del Trabajo, art. 227; Ley 100 de 1993, arts. 41 y 206; Decreto 780 de 2016, arts. 2.2.3.3.1 (Decreto 1427 de 2022) y 3.2.1.10; Sentencias C-543 de 2007 y C-270 de 2023

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