Definición · Laboral
Prima de servicios
Prestación social de treinta días de salario por cada año trabajado, o proporcional a la fracción, pagada en dos cuotas: la mitad a más tardar el 30 de junio y el resto en los primeros veinte días de diciembre. La reciben todos los trabajadores dependientes, incluidos los domésticos y los que trabajan por días; no quienes tienen salario integral.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 2 de septiembre de 2026
¿Cómo se ve en un caso real?
Milena empezó a trabajar el 1 de abril con salario de $1.800.000. En junio le corresponde prima proporcional por tres meses: $450.000.
¿Dónde está en la ley?
Código Sustantivo del Trabajo, art. 306 (mod. Ley 1788 de 2016, art. 1)
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Términos relacionados
Cesantías · Vacaciones · Liquidación laboral · Salario integral · Salario mínimo · Auxilio de transporte
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