¿Cuánto puede durar un contrato a término fijo, mínimo y máximo?
Respuesta rápida
El contrato a término fijo puede pactarse por un término no mayor a cuatro años, incluidas sus prórrogas, y debe constar por escrito (Código Sustantivo del Trabajo, art. 46, modificado por la Ley 2466 de 2025). La ley no fija una duración mínima: se puede pactar por uno, tres o seis meses.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026
¿Cuál es la duración máxima?
Cuatro años. El artículo 46 dice que los contratos a término fijo podrán celebrarse por un término no mayor a cuatro años. En ningún caso puede superarse ese máximo con prórrogas. Para los contratos que ya estaban vigentes el 25 de junio de 2025, el tope se cuenta desde esa fecha.
¿Hay una duración mínima?
La ley no fija un piso. Un contrato por uno, dos o tres meses es posible siempre que conste por escrito. Lo único que la ley trata aparte es el trabajo ocasional, accidental o transitorio. Es el de corta duración, no mayor de un mes, en labores distintas de las actividades normales del empleador (CST, art. 6).
Un contrato muy corto tiene una dificultad práctica. La prórroga automática exige avisar treinta días antes del vencimiento, y en un contrato de un mes ese plazo coincide con toda su duración. El artículo no explica cómo se aplica en ese caso.
¿Cómo se prorrogan los contratos de menos de un año?
Las reglas del artículo 46 son estas:
| Situación | Regla |
|---|---|
| Prórroga pactada | Por acuerdo escrito, las veces que las partes quieran. Después de la cuarta prórroga, no puede renovarse por menos de un año. |
| Prórroga automática | Si treinta días antes del vencimiento nadie avisa que termina, se renueva por un término igual. La cuarta prórroga automática es por un año. |
| Tope | En ningún caso se supera el máximo de cuatro años. |
¿Qué pasa si el empleador termina el contrato antes del plazo?
Si lo termina sin justa causa comprobada, debe pagarte los salarios correspondientes al tiempo que faltaba para cumplir el plazo (CST, art. 64). En un contrato de seis meses terminado en el mes dos, son los cuatro meses restantes.
Si el contrato no consta por escrito o se pactó por más de cuatro años, se entiende celebrado a término indefinido desde el inicio.
Fuentes
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 6, 46 y 64Fuente oficial
- Ley 2466 de 2025, art. 6Fuente oficial
Preguntas frecuentes
¿Se puede hacer un contrato fijo por un mes?
La ley no fija una duración mínima, pero debe constar por escrito. El trabajo ocasional, de no más de un mes y en labores distintas de las normales del empleador, tiene su propia definición en el artículo 6 del Código.
¿Cuánto es el máximo con todas las prórrogas?
Cuatro años en total. Para contratos vigentes el 25 de junio de 2025, se cuenta desde esa fecha.
¿Un contrato fijo de tres meses da prima y vacaciones?
Sí, en proporción al tiempo laborado, cualquiera que este sea (CST, art. 46, parágrafo 1).
¿Puedo pactar un contrato fijo verbal?
No. Debe celebrarse por escrito. Si no consta por escrito, se entiende indefinido desde el inicio de la relación.
Para profundizar
Términos: Contrato a término fijo · Preaviso · Contrato a término indefinido
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Esta respuesta es información general basada en la normativa citada y no constituye asesoría legal para tu caso concreto. KippiLex no es una firma de abogados.

