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¿Qué derechos tiene quien trabaja con contrato por obra o labor?

Respuesta rápida

Quien trabaja por obra o labor tiene derecho a vacaciones y prestaciones sociales proporcionales al tiempo laborado, sea cual sea (Código Sustantivo del Trabajo, art. 46, parágrafo 1). El contrato debe ser escrito y describir la obra con precisión. Si no cumple eso, o si sigues trabajando al terminar la obra, se entiende a término indefinido.

Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

Reglas del contrato por obra o labor determinada
TemaReglaNorma
FormaEscrito y con la obra descrita de forma precisaCódigo Sustantivo del Trabajo, art. 46, num. 2
PrestacionesProporcionales al tiempo laboradoCódigo Sustantivo del Trabajo, art. 46, par. 1
Continuar tras la obraPasa a indefinido, salvo obra nueva y distinta pactada por escritoCódigo Sustantivo del Trabajo, art. 46, num. 2
Despido sin justa causaSalarios del tiempo faltante, mínimo 15 díasCódigo Sustantivo del Trabajo, art. 64
Período de pruebaMáximo 2 meses, por escritoCódigo Sustantivo del Trabajo, arts. 77 y 78
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, arts. 46, 64, 77 y 78 (mod. Ley 2466 de 2025, art. 6)

¿Qué prestaciones y beneficios tiene un contrato por obra o labor?

Los mismos que otro trabajador, en proporción al tiempo. El parágrafo 1 del artículo 46, con la redacción de la Ley 2466 de 2025, garantiza vacaciones y prestaciones proporcionales al tiempo laborado, dure lo que dure. Eso incluye cesantías (un mes de salario por año, art. 249) y prima de servicios (treinta días de salario por año, art. 306).

Si pactaron período de prueba, durante ese tiempo también tienes todas las prestaciones (art. 80, numeral 2).

¿Qué requisitos debe cumplir el contrato para ser válido como obra o labor?

Debe ser por escrito y decir, «de forma precisa y detallada», la obra o labor contratada. Así lo exige el numeral 2 del artículo 46. Si falta alguna de esas condiciones, el contrato se entiende a término indefinido desde el inicio de la relación.

La descripción vaga, como «apoyo en lo que se requiera», es el error frecuente: ese contrato no cumple el requisito y se convierte en indefinido.

¿Qué pasa cuando termina la obra o cuando quieren renovarlo?

La terminación de la obra o labor contratada es una causa legal de terminación del contrato (art. 61, literal d). El artículo 46 no exige preaviso para esa terminación. El aviso de treinta días que menciona es para el contrato a término fijo.

Si al finalizar la obra sigues trabajando, el contrato pasa a indefinido desde el inicio, salvo que se trate de una obra nueva y diferente. Entonces el empleador puede adicionar por escrito la nueva obra, o liquidar el contrato anterior y firmar otro, con la nueva labor descrita con claridad.

¿Qué indemnización hay si me terminan el contrato antes de que acabe la obra?

Si el empleador termina el contrato sin justa causa, debe pagar el valor de los salarios correspondientes al lapso que faltaba para terminar la obra. La indemnización nunca puede ser inferior a quince días (art. 64).

El período de prueba puede pactarse por escrito y no puede exceder de dos meses (arts. 77 y 78).

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿El contrato por obra o labor paga prima y vacaciones?

Sí, en proporción al tiempo laborado. Lo dice el parágrafo 1 del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, con la redacción de la Ley 2466 de 2025.

¿Puede renovarse un contrato por obra o labor?

No como tal. Si terminó la obra y sigues trabajando, se vuelve indefinido. Solo si es una obra nueva y diferente puede adicionarse por escrito o firmarse un contrato nuevo.

¿Me deben avisar con anticipación que termina la obra?

El artículo 46 no fija preaviso para la terminación de la obra o labor. Aun así, conviene pedir por escrito la fecha estimada de terminación para organizar tu liquidación.

¿Qué pasa si mi contrato por obra no dice cuál es la obra?

Si no la describe con precisión y detalle, se entiende celebrado a término indefinido desde el inicio, con los derechos e indemnizaciones de ese contrato.

Para profundizar

Términos: Contrato de trabajo · Contrato a término indefinido · Período de prueba · Liquidación laboral

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