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La licencia de maternidad en Colombia 2026 son 18 semanas (126 días corridos) pagadas al 100% del salario; la de paternidad, 2 semanas. La paga la EPS. Esto es cuántos días te dan, cuánto te deben y qué hacer si no llega.
Equipo jurídico de KippiLex · Última revisión: 24 de julio de 2026
Semanas, días y cuánto te pagan, según tu fecha de parto y tu salario. No sale de esta página.
Para estimar cuánto te pagan. La EPS paga sobre tu ingreso base de cotización.
La regla es 1 semana antes y 17 después. Las otras dos formas necesitan indicación del médico (art. 236 num. 6 y parágrafo 1 del CST).
Ley 1822 de 2017
18 semanas de licencia de maternidad pagadas al 100% del salario.
Ley 2114 de 2021
2 semanas de paternidad, licencia parental compartida y flexible.
CST, arts. 239 a 241
Fuero de maternidad: prohibición de despido, permiso del inspector y sanción de 60 días de salario.
Todo lo esencial en una tabla. Debajo desarrollamos cada punto con la ley que lo respalda.
| Licencia | Duración | Cuánto pagan | Quién paga |
|---|---|---|---|
| Maternidad | 18 semanas — 126 días corridos | 100% del salario | La EPS |
| Paternidad | 2 semanas — 14 días corridos | 100% del salario | La EPS |
| Parto múltiple | 20 semanas — 140 días | 100% del salario | La EPS |
| Parto prematuro | 18 semanas + los días de anticipación al parto | 100% del salario | La EPS |
Son 18 semanas, que equivalen a 126 días corridos (calendario, no hábiles), pagadas con el 100% del salario. Es el mínimo legal desde la Ley 1822 de 2017 y no cambió para 2026.
El pago es el 100% del salario durante las 18 semanas. Se liquida sobre el ingreso base de cotización (IBC) del mes en que empieza la licencia —no sobre un promedio del año—, y nunca puede liquidarse por debajo de un salario mínimo (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.3.2.1). Si tu salario fue estable, recibes prácticamente lo mismo que ganabas trabajando: unos 4,2 meses de sueldo.
Hay un tope que conviene conocer: si el IBC del mes de inicio subió más del 40% frente al promedio de los doce meses anteriores, la EPS no toma en cuenta lo que exceda ese 40% (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.3.4.5). Y si cotizaste menos meses que el periodo de gestación, la licencia se reconoce proporcionalmente a los días cotizados. Por eso conviene calcular el monto antes de reclamar: así detectas si te pagaron de menos. Nuestra calculadora te da las fechas exactas de inicio y fin y el valor total que te corresponde.
La licencia la reconoce y paga la EPS con cargo al sistema, aunque operativamente suele pagarla el empleador y recobrar. Requisito general: haber cotizado durante el periodo de gestación.
Si la EPS niega o dilata el pago, la secuencia es la conocida: derecho de petición exigiendo el reconocimiento con los soportes (licencia médica, registro civil), y tutela si el no pago compromete tu mínimo vital — la Corte ha protegido masivamente el pago de licencias por esta vía, porque sustituyen el salario de la madre.
Desde el embarazo y hasta el fin de la licencia (el 'fuero de maternidad'), no pueden despedirte por causa del embarazo, y cualquier despido en ese periodo requiere permiso previo del inspector de trabajo si se alega justa causa (CST arts. 239-241).
Un despido sin ese permiso se presume discriminatorio: procede el reintegro, el pago de los salarios dejados de percibir y una indemnización de 60 días de salario, además de las 18 semanas si no se pagaron. La tutela es el camino rápido cuando el despido dejó a la madre sin ingreso.
El fuero también cubre a la pareja: el despido del trabajador cuya esposa o compañera está embarazada y depende económicamente de él tiene protección (jurisprudencia constitucional sobre el fuero de paternidad, hoy recogida legalmente).
Son 18 semanas, es decir, 126 días calendario, pagadas al 100% del salario (CST art. 236, Ley 1822 de 2017). En parto múltiple se amplía a 20 semanas (140 días).
El 100% del salario durante las 18 semanas, con cargo a la EPS. Se liquida sobre el ingreso base de cotización del mes en que empieza la licencia, con un piso de un salario mínimo. En la práctica equivale a unos 4,2 meses de salario.
2 semanas (14 días), pagadas al 100% del salario por la EPS, según la Ley 2114 de 2021.
La protección constitucional aplica también en periodo de prueba y en contratos a término fijo: conocido el embarazo, la terminación requiere autorización del inspector de trabajo y sin ella se presume discriminatoria.
No necesariamente: cuando hubo cotización parcial del periodo de gestación, la jurisprudencia ha ordenado el pago proporcional de la licencia. Vale la pena reclamar.
18 semanas, equivalentes a 126 días corridos (calendario). En parto múltiple sube a 20 semanas (140 días) y en parto prematuro se suman los días de anticipación al parto.
Primero un derecho de petición exigiendo el reconocimiento con los soportes (licencia médica, registro civil del bebé). Si no pagan y compromete tu mínimo vital, procede la tutela: la Corte ha ordenado masivamente el pago por esta vía porque la licencia sustituye el salario de la madre.
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